Listado de un fondo - Proceso de Incorporación

Requisitos de admisión de fondos

Los fondos deberán cumplir las siguientes características para su admisión en el segmento de Fondos de BME: 

  • Fondos registrados en CNMV.

  • Fondos nacionales o internacionales denominados en euros.

  • Fondos representados mediante anotaciones en cuenta y registrados en IBERCLEAR.

  • Se admitirán fondos de nueva creación.

En una primera fase los fondos de inversión admitidos en este segmento sólo podrán contratarse a través del mismo. En este sentido, está previsto que las Sociedades Gestoras puedan crear fondos o clases de fondos que reúnan las condiciones mencionadas.

Procedimiento de admisión

  • Solicitud de admisión. La Sociedad Gestora (S.G.I.I.C) solicita la admisión de los fondos en el segmento de contratación de fondos.

  • Documentación a presentar:

    Para el proceso de admisión la gestora deberá presentar la siguiente documentación a modo de referencia y sin carácter exhaustivo: 

    • Folleto registrado en CNMV.

    • Escrito de la Sociedad Gestora y del miembro de contrapartida en virtud del cual la primera designa a la segunda, y ésta última acepta, la intervención de todas las órdenes por cuenta de la Sociedad Gestora.

    • Cumplimentación de formulario de identificación del fondo de inversión cuya admisión en la Plataforma se solicita, que contendrá la información detallada de la Gestora y de cada fondo para el que se solicite la admisión.

  • La Sociedad Gestora (S.G.I.I.C) deberá suscribir un acuerdo con un Miembro de Contrapartida que sea Miembro de Mercado para atender las posiciones no cubiertas de reembolso, suscripciones y traspasos totales. Debe ser Miembro de Mercado MAB.

  • La Sociedades Gestoras (S.G.I.I.C) deberá suscribir un acuerdo con una entidad participante en Iberclear para la liquidación de todas las operaciones.

    La entidad elegida representará a la SGIIC, instruirá el alta de las participaciones y llevará el registro de detalle a cargo del registro central Iberclear en el que constarán los datos identificativos de los titulares finales de las participaciones.

     Las suscripciones y los reembolsos negociados en el segmento serán comunicados a Iberclear con objeto de realizar la liquidación de las mismas, así como el registro contable correspondiente. Una vez tenga lugar la liquidación de las operaciones negociadas se procederá por parte de Iberclear a comunicar a la Sociedad Gestora la liquidación de las suscripciones y los reembolsos efectuados para que la Sociedad Gestora actualice el registro de partícipes del Fondo.

Circular 2/2017: Requisitos y procedimiento aplicables a la Incorporación y exclusión en el Mercado Alternativo Bursátil de participaciones de fondos de inversión y su régimen de información.