BME Clearing ofrece servicios integrales de gestión de operaciones, incluyendo ajuste y traspaso de posiciones, asignaciones, ejercicios y regularizaciones.
¿Qué ofrecemos?
BME Clearing proporciona una plataforma integral para la gestión de operaciones, facilitando su asignación, confirmación, regularización, cancelación, compensación y generación de Instrucciones de Liquidación (ILs). Estas funcionalidades están diseñadas para garantizar una operativa eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.
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Beneficios
Operativa en detalle
Asignación es una operación que se realiza desde la Cuenta Diaria.
Consiste en asignar a las Cuentas de Posición correspondientes las transacciones que se hayan realizado en la Cuenta Diaria durante la sesión.
La norma general es que el periodo de asignación finaliza al final de la sesión de compensación y, por tanto, la asignación debe realizarse durante dicha sesión hasta que finalice el periodo de asignación de la Cuenta Diaria. Sólo en circunstancias extraordinarias se ampliará el periodo para finalizar el proceso de asignación.
No supone modificación en el precio de la operación y el volumen máximo que se puede asignar es el de la operación original.
El tipo de operación que identifica la asignación es “D”. La asignación la realiza el propio miembro.
Give-up es una operación en la que un Cliente ordena la ejecución de una Orden a un Miembro (denominado Miembro Ejecutor), con la particularidad de que le solicita que asimismo, una vez la orden este casada, traspase el registro de la transacción a otro Miembro (denominado Miembro Destino) de modo que la operación se registre en una Cuenta de Posición del Miembro Destino para que éste cumpla las obligaciones de compensación y liquidación.
El Miembro Destino y, en el caso de que éste sea Miembro No Compensador, su Miembro Compensador, pueden aceptar o rechazar la petición de Give-up. A la aceptación total de la solicitud de Give-up se llama aceptación o give-in.
No supone modificación en el precio de la operación y el volumen máximo es el de la operación original.
El tipo de operación que identifica el Give-up es “G”.
Regularización es un traspaso de operaciones (no de posiciones) entre cuentas de un Miembro.
Regularización o Traspaso de Operación es la reasignación de una operación a otra cuenta o cuentas diferentes de la original dentro de un mismo Miembro.
No supone modificación en el precio de la operación y el volumen máximo a regularizar es el de la operación original.
El tipo de operación que identifica los Traspasos de Operación es T.
En casos excepcionales, BME Clearing podrá realizar Traspasos de Operación en nombre del miembro.
Traspaso de Posición es el traspaso de la posición a otra cuenta o cuentas diferentes de la original de un mismo miembro o entre distintos miembros.
No genera posición, pudiendo traspasar como máximo la posición abierta en el momento de la petición del traspaso.
Las operaciones de Traspaso de Posición serán del tipo "Z".
Se registrarán durante la siguiente sesión a la recepción de su solicitud y excepcionalmente, el mismo día de la dicha recepción.
El registro se realizará a precio de cierre del día anterior para los futuros, a precio cero para las opciones y a precio de registro de la operación para el resto de productos.
Las operaciones de Traspaso de Posición estarán sujetas a la tarifa de comisiones, excepto cuando se trate de Traspasos de Posición forzosos por incidencias previstas en el Reglamento de BME Clearing o cualquier otra situación que BME Clearing considere.
Acto por el cual el comprador de una Opción hace uso de su derecho a comprar o vender el Activo Subyacente, o a obtener el importe resultante de la Liquidación por Diferencias y la ECC asigna los ejercicios a las posiciones vendedoras.
Los Contratos que no hayan sido ejercidos al término del horario de comunicación a BME Clearing en la Fecha de Vencimiento expirarán sin valor.
La Liquidación por Ejercicio de los Contratos se producirá por diferencias o mediante entrega de las acciones que constituyen el Activo Subyacente según sea la Clase de Contrato, a cambio del pago en efectivo del Precio de Ejercicio.
Las acciones a entregar serán únicamente las admitidas a negociación con plenos derechos y fungibilidad con la serie de acciones principal del valor.
El Ejercicio podrá realizarse en la Fecha de Vencimiento o cualquier día anterior si la opción es de estilo americano, y sólo en la Fecha de Vencimiento si la opción es de estilo europeo, con los límites horarios que se establece por Circular.
Para la comunicación del ejercicio, en aquellos casos en que sea necesaria la comunicación expresa, deberá seguirse el procedimiento que se establece por Circular.
Sólo será necesaria la comunicación expresa a BME Clearing en el caso que se desee ejercer Opciones que no cumplan las condiciones señaladas o en el caso que, cumpliendo las condiciones señaladas, no se desee ejercer.
Una vez terminado el horario de comunicación a BME Clearing de las órdenes de ejercicio/no ejercicio, si para alguna Serie de Opciones no resultan ejercidas todas las posiciones vendedoras, se asignarán los ejercicios proporcionalmente entre las posiciones vendedoras de la misma Serie de Opciones, ajustando a números enteros de Contratos.
Al vencimiento de las Opciones, BME Clearing comunicará a los Miembros las opciones que se les hayan ejercido o no ejercido.
En los ejercicios anticipados, se comunicará expresamente a los vendedores asignados el ejercicio que les haya correspondido
Como consecuencia de los Ejercicios, se producirán las correspondientes operaciones bursátiles de contado.
Ajuste de posición
En BME Clearing se contempla las Cuentas de Registro de Detalle a cargo de los Miembros Registradores, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Reglamento.
Las Cuentas de Registro de Detalle, cuyos titulares son Clientes, se llevarán en relación con las Cuentas de Clientes con segregación ómnibus (OSA) del Registro Central, y en ellas se registran las Transacciones y Garantías del Cliente titular, reflejando en todo momento la Posición de cada Cliente frente al Miembro Registrador.
Se considerarán Miembros Registradores los Miembros Compensadores Individuales y los Miembros Compensadores Generales de los Segmentos de BME Clearing en los que las correspondientes Condiciones Generales exijan la llevanza de Cuentas de Registro de Detalle en relación con las Cuentas OSA del Registro Central.
Dichos Miembros estarán autorizados a realizar la función de Miembros Registradores y gestionarán Cuentas de Registro de Detalle, con sujeción a las condiciones establecidas en el Artículo 25 del Reglamento y en la Circular Miembros registradores
Para que las Cuentas OSA del Registro Central reflejen la posición de las Cuentas correspondientes del Registro de Detalle, BME CLEARING permitirá, a través del sistema electrónico de liquidación, que el Miembro realice un ajuste de posición de las Cuentas OSA en el Registro Central como consecuencia del cierre de Transacciones o Posiciones en las Cuentas del Registro de Detalle.
Deberá realizarse un ajuste por cada contrato con posición abierta.
El ajuste consistirá en indicar por parte del Miembro el número de contratos que cierran posición, que minorará en la misma medida tanto el saldo de compras como el de ventas para cada contrato.
El Miembro podrá realizar tantos ajustes de posición como quiera, siempre y cuando el volumen total ajustado para cada contrato no sobrepase la posición abierta que haya en el momento de realizar el ajuste.
El horario en el que los Miembros podrán realizar los ajustes de posición se regula por Circular.
Los ajustes de posición quedarán registrados en el sistema de BME Clearing como operaciones tipo P.
Anulación. Operaciones erróneas en Futuros y Opciones
Si MEFF en la aplicación de la Circular, sobre Filtros de Miembros y Operaciones erróneas en Futuros y Opciones, o aquélla que la sustituya, tuviera que corregir alguna operación, lo haría con una operación tipo “X” que haría un asiento contrario a la operación de mercado original y a todas las operaciones que en BME Clearing se hubieran generado por traspasos, desgloses y give outs.
El Miembro que desee realizar una Operación a Precio Medio podrá hacerlo durante cualquier sesión, desde cualquier cuenta de posición, seleccionando las operaciones a convertir, que deberán corresponder al mismo contrato, tener el mismo signo (comprado o vendido), y con fecha de ejecución y fecha de registro de la operación inicial coincidente con el día de la conversión.
Esta operativa se permitirá para los contratos de futuros IBEX 35, Mini IBEX 35 y Micro IBEX 35.
Una vez realizada la Operación a Precio Medio, con tipo de operación J, las operaciones de procedencia quedarán cerradas con operaciones contrarias tipo 0. En caso de error, BME Clearing permitirá su regularización en la misma sesión en la que se haya producido, previa solicitud y justificación del Miembro. El Departamento de Operaciones de BME CLEARING usará una operación tipo X para cancelar la operación J errónea, y usará el tipo de operación N para recuperar las operaciones de procedencia, a fin de que el Miembro pueda volver a realizar la Operación a Precio Medio de forma correcta.
Las comisiones por esta operativa se establecerán en la circular de Tarifas de Derivados Financieros.
Con el fin de facilitar a los Miembros la adaptación a esta nueva funcionalidad (al menos durante los 6 meses posteriores a la fecha de entrada en vigor de la Circular C-DF-19/20 de 4 de noviembre), mientras no estén preparados para ejecutarla de forma automatizada, se les permitirá (hasta el 4 de mayo de 2021) mantener esta operativa en las mismas condiciones en las que se puede realizar actualmente:
✓ Se realizará para la operativa de roll-over en semana de vencimiento de los contratos de futuros IBEX 35, Mini IBEX 35 y Micro IBEX 35.
✓ La conversión la ejecutará el Departamento de Operaciones de BME Clearing, previa solicitud del Miembro, sobre las operaciones asignadas a las cuentas 0PMC@ (compras) y 0PMV@ (ventas).
✓ La operación J de precio medio será asignada a una cuenta diaria, y las operaciones de procedencia se cerrarán con una operación tipo J.
✓ Se mantiene la posibilidad de corrección de errores.
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