¿Tienes preguntas sobre cómo funcionan los Securities Services o qué beneficios ofrecen a tu organización? Aquí puedes encontrar las respuestas.
Hemos agrupado los temas más relevantes en cuatro categorías principales:
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Las entidades de crédito son pilares del sistema financiero. Actúan como intermediarias entre el ahorro y la inversión, facilitando la financiación y contribuyendo a la estabilidad y confianza del mercado. Leer más
Los eventos corporativos son decisiones o acciones tomadas por una empresa emisora que afectan directamente a los valores que ha emitido. Pueden ser pagos de dividendos, ampliaciones de capital, fusiones, canjes o cambios en las condiciones de emisión.
El impacto depende del tipo de evento: los inversores pueden recibir efectivo (por ejemplo, un dividendo), nuevos títulos (acciones liberadas), o ver modificada la naturaleza de su inversión (como en una fusión). Estos cambios pueden influir en la rentabilidad y en el valor de su cartera.
Se distinguen principalmente dos categorías:
Los securities services son un conjunto de servicios financieros que permiten la custodia, administración y liquidación segura de activos como acciones, bonos o fondos. Ayudan a garantizar que las operaciones se ejecuten correctamente y que los inversores mantengan el control sobre sus activos en todo momento.
Son fundamentales para la estabilidad y eficiencia de los mercados financieros. A través de ellos se garantiza la transparencia, la reducción de riesgos operativos y el cumplimiento normativo en cada transacción. Sin estos servicios, las operaciones internacionales y la confianza entre instituciones serían mucho más complejas.
Los securities services los ofrecen bancos globales, depositarios centrales de valores (CSD) y proveedores especializados que cuentan con infraestructura técnica y licencias regulatorias para custodiar activos financieros.
Incluye la protección y el registro de los valores del cliente, la gestión de dividendos e intereses, y la ejecución de eventos corporativos como ampliaciones de capital o fusiones. El custodio actúa como intermediario seguro entre el inversor y los mercados.
Es el proceso mediante el cual se intercambian los valores y el efectivo una vez finalizada la negociación. Garantiza que el comprador reciba los activos y el vendedor el pago correspondiente dentro del plazo establecido, normalmente T+1 o T+2.
La compensación es la etapa previa a la liquidación en la que se calculan las obligaciones de las partes, asegurando que ambas puedan cumplir con sus compromisos financieros. Su objetivo es minimizar el riesgo de contraparte.
La custodia se centra en la protección y gestión de los valores, mientras que la depositaría se encarga de su registro legal y supervisión. Ambos servicios son complementarios y fundamentales para la seguridad del sistema financiero.
T+1 indica que la liquidación de una operación se realiza un día hábil después de la fecha de negociación. Este modelo reduce el riesgo y acelera la disponibilidad del capital para los inversores.
La tecnología permite automatizar procesos, mejorar la trazabilidad de las operaciones y garantizar una mayor seguridad. Innovaciones como la inteligencia artificial y el blockchain están transformando la forma en que las instituciones gestionan sus valores.
Es la gestión integral de los derechos asociados a los valores: dividendos, intereses, derechos de voto y acciones corporativas. Un buen servicio de asset servicing asegura que el inversor reciba puntualmente todos los beneficios derivados de su cartera.
La regulación impone estándares comunes para todas las entidades, promoviendo transparencia y protección del inversor. Cumplir con normativas como EMIR, SFTR o CSDR es esencial para mantener la integridad del mercado y la confianza institucional.
Externalizar permite a las instituciones reducir costes, optimizar recursos y beneficiarse de la experiencia de proveedores especializados. Además, ofrece acceso a infraestructuras tecnológicas avanzadas y cumplimiento normativo garantizado.
Es el proceso mediante el cual se comparan los registros internos de una entidad con los datos del custodio o depositario, garantizando que los activos registrados coinciden con los realmente mantenidos.
Estos servicios ayudan a mitigar riesgos operativos, de contrapartida, de custodia y de liquidación, asegurando que las transacciones y los activos de los clientes estén siempre protegidos.
Es la conversión de un valor tradicional en una representación digital mediante tecnología blockchain. Esto facilita la negociación en tiempo real, reduce costes y mejora la transparencia en todo el ciclo de vida del activo.
Se garantiza mediante cifrado avanzado, autenticación multifactor y estrictos controles de acceso. Además, los proveedores cumplen con las normativas de protección de datos europeas e internacionales.
Los utilizan bancos, gestoras de fondos, emisores de valores, intermediarios financieros y empresas de inversión. Todos dependen de ellos para operar de manera segura y cumplir con los requisitos regulatorios.
BME Clearing es una filial al 100% de Bolsas y Mercados Españoles (BME Group). Para información más detallada sobre el Grupo, puede consultar los siguientes enlaces en la web de BME:
Nombre legal completo: BME Clearing, S.A., Sociedad Unipersonal
Domicilio social: Plaza de la Lealtad, 1, 28014 Madrid
Teléfono y fax de la oficina principal: +34 91 709 50 00
Sí, BME Clearing está plenamente regulada por las autoridades financieras de España, en concreto el Ministerio de Economía y Hacienda y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que supervisan y regulan su actividad.
BME Clearing cuenta con licencia completa para prestar servicios de compensación. Además, cumple con EMIR y obtuvo la autorización como CCP Calificada (QCCP) el 16 de septiembre de 2014.
Puede consultar la lista de CCPs autorizadas en la Unión Europea en la web de ESMA.
La estructura organizativa está detallada en la página de Clearing.
El Consejo de Administración cuenta con un Comité de Auditoría y un Comité de Riesgos.
La Política de Continuidad de Negocio de BME Clearing está descrita en el documento disponible en:
https://www.bmeclearing.es/docs/docsSubidos/ING/POLITICA_DE_CONTINUIDAD/BME-Clearing-Business-Continuity-Special-Requirements.pdf
Los miembros del Comité de Riesgos están publicados en la página de Miembros de Clearing.
Para información más detallada, puede consultar el Artículo 20 del siguiente documento:
www.bmeclearing.es/docs/docsSubidos/ING/BOARD_OF_DIRECTORS/BoardofDirectorsandRiskCommitteeRegulations.pdf
El Comité de Riesgos cumple todos los requisitos de EMIR (composición, mandato, estructura de gobierno, etc.)
En cuanto al carácter vinculante de sus recomendaciones, EMIR (art. 28.5) establece que “una CCP deberá informar de inmediato a la autoridad competente de cualquier decisión en la que el consejo decida no seguir el consejo del comité de riesgos”. Este es también el enfoque seguido en BME Clearing.
El Reglamento del Consejo de Administración contiene disposiciones específicas:
Las normas de BME Clearing se articulan en el Reglamento y en normativas complementarias como las Condiciones Generales de cada segmento de la CCP y las Circulares aprobadas por el Consejo de Administración de BME Clearing y por la CNMV.
Puede consultar a continuación el Reglamento Interno, las Condiciones generales, las Circulares y las Instrucciones Operativas de Clearing.
Sí. A 1 de enero de 2019:
Capital requerido total para BME Clearing = 15.114.000,51 €
Capital de BME Clearing = 42.532.000,00 €
Esta cantidad es supervisada por el Departamento de Riesgos. Si la variación anual supera el 10% o si el ratio (2)/(1) baja del 137,5%, se notificaría al Comité de Riesgos.
Mediante consultas regulatorias.
BME Clearing, como contraparte central, está regulada por EMIR y por la Ley del Mercado de Valores española (LMV), y sus actividades se desarrollan en el marco de su Reglamento, Condiciones Generales y normas complementarias como Circulares e Instrucciones.
Adicionalmente, se aplica el Real Decreto-Ley 5/2005, de 11 de marzo, sobre reformas urgentes para fomentar la productividad y mejorar la contratación pública, y la Ley 41/1999, sobre sistemas de pagos y liquidación de valores.
Las normas internas regulan el funcionamiento de la CCP como empresa e incluyen las obligaciones, requisitos organizativos y procedimientos necesarios para cumplir con EMIR.
Puede consultar a continuación el Reglamento Interno, las Condiciones generales, las Circulares y las Instrucciones Operativas de Clearing.
Sí, BME Clearing cuenta con miembros con sede en distintos países fuera de España: Reino Unido, Irlanda, Alemania, Francia, Países Bajos, Estados Unidos, Canadá, Suiza, Dinamarca e Israel.
BME Clearing, como cámara de contrapartida central, se rige por el Reglamento EMIR y por la Ley del Mercado de Valores (LMV) española. Su actividad se desarrolla dentro del marco establecido en su Reglamento Interno, Condiciones Generales y normativa complementaria, como las Circulares e Instrucciones operativas.
Asimismo, se aplica el Real Decreto-Ley 5/2005, de 11 de marzo, sobre reformas urgentes para el fomento de la productividad y mejora de la contratación pública, y la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y liquidación de valores.
Las normas internas regulan el funcionamiento de la cámara de contrapartida central como sociedad y recogen las obligaciones, requisitos organizativos y procedimientos necesarios para cumplir con las disposiciones del EMIR.
Puede consultar a continuación el Reglamento Interno, las Condiciones generales, las Circulares y las Instrucciones Operativas de Clearing.
Sí. BME Clearing cumple plenamente con los requisitos de EMIR (QCCP).
Puede consultar la lista de las CCP autorizadas por ESMA para operar en la Unión Europea conforme al EMIR.
La información actualizada relativa a los principios CPSS-IOSCO está disponible en nuestra página dedicada.
La CCP está supervisada por la CNMV como autoridad competente bajo el marco de EMIR.
Para obtener la autorización como Cámara de Contrapartida Central según el artículo 17(4) del EMIR, cualquier entidad que cumpla los requisitos debe ser notificada como “sistema” conforme a la Directiva de Firmeza de Liquidación.
La CCP está sujeta a la Ley 24/1988, del Mercado de Valores, y a la Ley 41/1999, que transpone dicha Directiva al ordenamiento jurídico español.
No.
Sí, más información en la página de los principios CPSS-IOSCO.
Sí, se realizan auditorías externas de control anualmente.
PwC.
Puede consultarlos en el siguiente enlace las actualizaciones más recientes de los principios CPSS-IOSCO.
Próximamente se publicará una nueva actualización del informe CPMI-IOSCO.
El Grupo BME cuenta con un Programa de Defensa Corporativa que incluye formación para todos los empleados. Estas formaciones se imparten al menos una vez al año y abarcan temas como seguridad informática y protección de datos, además de las materias propias del programa. La asistencia es obligatoria y suele incluir una evaluación final.
El Programa de Defensa Corporativa del Grupo BME, aplicable a todas las sociedades del grupo, establece controles y herramientas generales para mitigar los riesgos. Incluye, entre otros:
El programa también contempla medidas específicas frente a blanqueo de capitales, violaciones de privacidad, fraude, delitos informáticos, corrupción, delitos fiscales, publicitarios y de mercado de valores, entre otros.
El Chief Compliance Officer (CCO) de BME Clearing y el equipo de Cumplimiento del Grupo BME son responsables del seguimiento y, en su caso, de la comunicación a las autoridades competentes.
De acuerdo con la Ley 10/2010, sobre prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, y tras consulta con la Unidad de Inteligencia Financiera (SEPBLAC), BME Clearing no se considera sujeto obligado a los requisitos ordinarios de dicha ley.
No obstante, la entidad atenderá cualquier solicitud específica de información del SEPBLAC. Hasta la fecha, no se han recibido solicitudes de este tipo.
No.
No.
No.
La frecuencia depende de la relevancia de los cambios a tratar. Por ejemplo, durante el proceso de autorización EMIR (concedida en septiembre de 2014) las reuniones fueron más frecuentes. En ausencia de cambios significativos, no hay reuniones periódicas, aunque se mantiene contacto mensual con el regulador para obtener su aprobación antes de la entrada en vigor de nuevas Circulares.
No.
BME Clearing cuenta con procedimientos para cumplir los requisitos de las autoridades españolas en materia de prevención de blanqueo y financiación del terrorismo, dentro del Sistema de Control Interno de Información Financiera.
Otras medidas incluyen:
No realizamos verificaciones directas. BME Clearing está sujeta a la legislación europea y española y responderá a cualquier requerimiento de información del SEPBLAC, autoridad competente en materia de AML/CFT en España.
El Comité de Auditoría depende del Consejo de Administración de BME.
El Servicio de Auditoría Interna tiene la misión de apoyar al Comité en la supervisión de la eficacia de los mecanismos de control y gestión de riesgos. Actúa de forma independiente, conforme a los estándares profesionales más exigentes, y ayuda a las distintas sociedades del Grupo a cumplir la normativa aplicable y los principios de buen gobierno.
Su responsabilidad principal es garantizar el correcto funcionamiento de los sistemas de control y riesgo, informando al Consejo a través del Comité de Auditoría y a la alta dirección mediante el Comité de Riesgos.
Los objetivos abarcan:
Sí.
No.
Se abarcan dos aspectos en las auditorías o inspecciones reglatorias:
BME Clearing es una cámara de contrapartida central (CCP) multiactivo, estructurada por segmentos según cada clase de activo. Actualmente compensa productos de cinco segmentos diferentes:
No, actualmente no lo es.
BME Clearing puede invertir los márgenes en efectivo (tanto del Fondo de Garantía como del Margen Inicial) en operaciones overnight de recompra inversa dentro del marco de IBERCLEAR, CLEARSTREAM o EUROCLEAR, según lo establecido en la Circular “Depósito de Márgenes”: www.bmeclearing.es/docs/ing/normativa/circulares/2019/C-GEN-2019_19_Posting_of_margins.pdf
El miembro compensador (o un cliente bajo una cuenta ISA) puede solicitar que los márgenes en efectivo no se inviertan y permanezcan en la cuenta de BME Clearing en el Eurosistema (Banco de España, TARGET2).En un entorno de tipos de interés negativos, BME Clearing elige siempre la alternativa menos perjudicial para sus miembros:- realizar la inversión a un tipo negativo, o- mantener el efectivo en el Eurosistema con el coste del tipo negativo aplicado por el BCE.
BME Clearing cargará o abonará los intereses negativos o positivos generados, junto con los costes asociados, a cada miembro compensador o a su agente de pagos, sin aplicar retenciones, ya que los miembros actúan como intermediarios financieros.
Sí, se basa en el tipo de interés del Banco Central Europeo (actualmente, -0,5 %)
La compensación y liquidación de los futuros sobre el IBEX 35 se llevan a cabo a través de BME Clearing, que actúa como contraparte central. Esto significa que BME Clearing se interpone entre comprador y vendedor, garantizando el buen fin de la operación, gestionando las garantías exigidas y reduciendo el riesgo de contraparte.
Lo puedes encontrar en la página de Clearing.
BME, empresa matriz de BME Clearing, cuenta con una calificación A- y una perspectiva estable, otorgada por la agencia de calificación crediticia S&P Global Ratings.
Las solicitudes de adhesión deben ser aprobadas por el Consejo de Administración de BME Clearing. Para obtener dicha condición, los solicitantes deben presentar una solicitud por escrito a BME Clearing, indicando los segmentos a los que desean ser admitidos, y firmar los acuerdos correspondientes con BME Clearing, así como los adicionales que sean necesarios con otros miembros, según la categoría a la que pertenezcan. La solicitud para convertirse en Miembro Compensador debe ir acompañada de un certificado emitido por la Autoridad Competente, de acuerdo con el tipo de entidad, que confirme el cumplimiento de los requisitos normativos aplicables. BME Clearing solo puede denegar el acceso a solicitantes que cumplan los requisitos establecidos cuando exista una justificación por escrito y basada en un análisis de riesgo exhaustivo.
Pueden ser miembros de BME Clearing:
Los miembros pueden ser: - Miembros Generales de Compensación - Miembros Individuales de Compensación - Miembros No Compensadores - Miembros Ordinarios No Compensadores. Todos los miembros de MEFF (mercado de derivados de BME) y SIBE (mercado de renta variable de BME) deben tener una membresía en BME Clearing, ya sea compensadora o no. No obstante, ser miembro de la cámara de contrapartida central (CCP) no requiere necesariamente ser miembro de un mercado. Los NCM y ONCM son miembros que no pueden compensar directamente con la CCP, por lo que deben tener un acuerdo de compensación con un Miembro General de Compensación.
El capital mínimo requerido para participar en los diferentes segmentos está definido en las Condiciones Generales de cada segmento, dentro del apartado Requisitos de Solvencia de los Miembros. Los estados financieros auditados deben enviarse anualmente a la CCP.
Se realiza un seguimiento diario de las calificaciones crediticias de todos los miembros. Además, se revisa anualmente el patrimonio neto de los miembros, aunque para algunas entidades la revisión se realiza de forma trimestral.
Para gestionar el riesgo operativo, BME Clearing cuenta con los siguientes mecanismos:
Las conciliaciones se realizan de la siguiente manera:
La segregación de funciones se garantiza mediante la validación de doble control (“four-eye principle”), alertas predefinidas en el sistema y filtros automáticos.
La metodología, que se aplica a todos los segmentos de la CCP excepto a los swaps de tipos de interés (IRS), se denomina MEFFCOM2 y es similar al modelo SPAN, el estándar del sector para estimar el riesgo de cartera. Evalúa, mediante la simulación de distintos escenarios derivados de los factores de riesgo, la mayor pérdida potencial para determinar el margen necesario. Se utilizan veintidós escenarios hipotéticos que combinan variaciones de precios y volatilidad (el número puede aumentar en el caso de posiciones grandes). El nivel de margen se basa en un nivel mínimo de confianza del 99 % (percentil 99 de la serie de rendimientos).
Se utiliza una muestra que cubre al menos el último año (incluyendo un periodo de tensión) y otra muestra adicional correspondiente al último trimestre para los derivados financieros, con el fin de captar cualquier aumento de volatilidad.
Para evitar efectos procíclicos, se aplica un colchón de margen de al menos el 25 % del margen calculado, o, si se dispone de 10 años o más de datos históricos fiables, el margen se calcula usando la muestra más amplia.
El margen final se obtiene del promedio entre:
El periodo de cierre para derivados financieros, renta variable y renta fija es de 2 días hábiles, y para derivados de energía es de 5 días hábiles (cerrando aproximadamente un 20 % de la posición cada día).
El periodo de cierre puede ampliarse si existe concentración de posiciones o riesgo direccional adverso.
El modelo se recalibra cada vez que los resultados de las pruebas de backtesting indican que no ha funcionado como se esperaba, es decir, cuando no determina correctamente el nivel de margen inicial necesario para mantener el nivel de confianza previsto.
La base de datos de BME Clearing se nutre de diversas fuentes fiables para garantizar la precisión en la información de precios:
Segmento de Derivados Financieros
Los precios de los activos subyacentes son proporcionados por Sociedad de Bolsas. Además, MEFF suministra información clave como la curva de tipos de interés, valores teóricos de dividendos esperados (Markit), curvas de volatilidad inferidas del mercado de opciones y datos de la propia plataforma de negociación. Todo ello se recibe mediante Direct Feed.
Segmento de Repos
La fuente principal es SENAF (Sistema Electrónico de Negociación de Activos Financieros), la plataforma electrónica de BME para deuda pública española y operaciones repo. También se utiliza Direct Feed para esta información.
La CCP tiene acceso constante a las fuentes de precios relevantes para medir sus posiciones y las garantías depositadas, tanto en tiempo real como al cierre de cada sesión.
El margen inicial se compone de los siguientes elementos:
El margen base se calcula como el valor más alto entre el obtenido con el método de Valor en Riesgo Histórico (H-VaR) y el método de Pérdida Esperada (Expected Shortfall). Ambos métodos estiman la pérdida máxima esperada en una cartera durante un horizonte temporal determinado, asumiendo un nivel de confianza.
Para más información, puede consultarse la Circular del segmento IRS Procedimiento para el Cálculo del Margen Inicial.
Para definir los escenarios de pruebas de estrés basados en condiciones de mercado extremas pero plausibles, BME Clearing utiliza los movimientos históricos más significativos de los últimos 30 años, o el periodo más largo para el que existan datos fiables.
La muestra actual comenzó en 1990 para la renta variable, en 1992 para el IBEX 35 y en 1991 para bonos a diez años y valores de renta fija. No se han encontrado datos anteriores suficientemente fiables.
Sí. Si todas las pérdidas han sido cubiertas y el Fondo de Garantía no se ha consumido por completo, los Miembros Compensadores no incumplidores deberán reponer la parte utilizada en un plazo de 5 días hábiles desde su uso.
En caso de que el Fondo de Garantía se consuma totalmente y aún queden pérdidas por cubrir, durante los 90 días naturales siguientes a la declaración del incumplimiento, cada Miembro Compensador deberá reponer hasta un máximo agregado de dos veces su contribución inicial.
Finalizado ese periodo de 90 días, los Miembros Compensadores deberán reponer sus aportaciones al Fondo de Garantía conforme al nuevo nivel calculado y proporciones actualizadas.
Por tanto, 90 días después del incumplimiento, la pérdida máxima que puede asumir un Miembro Compensador no incumplidor, en relación con el incumplimiento de otro miembro, será de tres veces su contribución inicial al Fondo de Garantía.
Si un miembro desea cesar su participación, deberá notificarlo formalmente por escrito a BME Clearing. La CCP procederá a devolver su contribución únicamente cuando todas las posiciones abiertas hayan sido completamente cerradas.
Si entre la notificación y el cierre de posiciones la contribución se utiliza por el incumplimiento de otro miembro, dicha cantidad se usará, pero el miembro saliente no estará obligado a reponerla, siempre que cierre sus posiciones abiertas dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reposición.
El cálculo se realiza diariamente al cierre de la sesión de negociación, utilizando un modelo que incorpora distintos escenarios de estrés para evaluar el riesgo de cada Miembro Compensador:
El modelo selecciona el escenario con mayor nivel de riesgo, según los criterios definidos en la Circular de Parámetros de Cálculo de Pruebas de Estrés, determinando así el riesgo del Miembro Compensador para cada segmento específico.
Las pruebas de Back Testing se realizan a diario. Siempre que se detecte un déficit de margen en comparación con la peor pérdida sufrida por alguna cuenta (en un plazo de 1 o 2 días), la situación se analiza para determinar si el exceso se debe a un periodo de baja volatilidad o precios reducidos, o si podría explicarse por algún problema con el modelo de márgenes. Sin embargo, esta segunda situación no se ha producido hasta la fecha.
Ninguna.
Los márgenes se calculan y reclaman una vez al día, al cierre de operaciones (COB). En casos de volatilidad extraordinaria, BME Clearing puede realizar llamadas de margen intradía según los parámetros establecidos en sus Circulares. Cada segmento cuenta con su propia Circular sobre este tema.
BME Clearing define en sus Circulares de “Parámetros de Cálculo de Márgenes” un nivel de variación de precios denominado “Parámetro de fluctuación de margen extraordinario”, cuyo objetivo es permitir a la CCP recuperar un nivel suficiente de fondos en situaciones de volatilidad excepcional. Este margen extraordinario suele fijarse en torno al 80 % del intervalo de margen inicial (o rango de precios escaneado).
Sí. El Protocolo de Gestión de Incumplimientos de BME Clearing es un procedimiento general aplicable a todos los segmentos de la CCP. Por tanto, se aplica a las posiciones de todos los segmentos en caso de incumplimiento de un miembro, independientemente del segmento afectado.
Se revisa, como mínimo, una vez al año.
El protocolo puede consultarse en el siguiente enlace: www.bmeclearing.es/docs/docsSubidos/ING/GENERAL/Appendix_4_6_Art_49_EMIR_Default_Management_Protocol_06-07-2018.pdf
Sí. BME Clearing cuenta con un Comité de Riesgos, que actúa como órgano consultivo encargado de asesorar al Consejo de Administración en cualquier medida que pueda afectar a la gestión de los modelos y metodologías de riesgo de la CCP.
La composición del Comité de Riesgos se actualiza cada dos años.
BME Clearing nunca rehypotheca (reutiliza) las garantías de sus miembros compensadores.
El efectivo depositado como garantía se mantiene en la cuenta Target-2 de BME Clearing en el Banco de España, totalmente segregada de los fondos propios de la CCP. Dicho efectivo puede invertirse bajo mandato del propio miembro compensador, mediante operaciones de recompra (buy/sell back).
BME Clearing ha evaluado varios escenarios que no implican el incumplimiento de un miembro, pero que podrían afectar a sus operaciones diarias, aunque todos han sido clasificados como poco probables.
Este capital está vinculado a los riesgos actuales de negocio: concentración, reputacional, económico, regulatorio y tecnológico.
El tamaño del Fondo de Garantía se calcula de forma que cubra el riesgo, bajo condiciones de prueba de estrés, de los dos miembros con mayor exposición, más un 10 % adicional.
La contribución de cada miembro tiene dos componentes: un componente fijo (contribución mínima), que depende de la categoría de membresía, y un componente variable, basado en la proporción de exposición descubierta del miembro en el segmento correspondiente durante el periodo relevante (tres meses).
Sí. Se realizan pruebas de estrés diarias para demostrar que el tamaño del Fondo de Garantía puede soportar el incumplimiento de los dos miembros con mayor exposición. Si el Fondo no cubre dichas exposiciones, BME Clearing requerirá aportaciones adicionales a los miembros afectados. Los resultados diarios se comunican a cada miembro al cierre de la jornada.
Además, el Comité Ejecutivo de Riesgos interno analiza mensualmente los resultados de las pruebas.
Por último, se realizan pruebas de estrés inversas trimestralmente para evaluar en qué punto los recursos financieros totales de la CCP podrían resultar insuficientes. Estas pruebas se basan en dos enfoques:
Tanto los resultados de las pruebas de estrés como los de las pruebas inversas se comunican trimestralmente al Comité de Riesgos.
Las tarifas oficiales de Iberclear se pueden consultar en su página web, en el apartado específico de tarifas y circulares. Allí se publican las resoluciones vigentes que recogen los precios de los servicios de registro, compensación y liquidación. Esta información es pública y de acceso gratuito.
Las tarifas de Iberclear abarcan los servicios relacionados con el registro centralizado de valores, así como la compensación y liquidación de operaciones de compraventa. También incluyen la gestión de eventos corporativos y otros servicios asociados al ciclo de vida de los valores.
Sí, las tarifas de Iberclear se aplican de forma uniforme a todas las entidades participantes. Se trata de precios públicos fijados en circulares, lo que garantiza la igualdad de condiciones y la transparencia para todos los participantes del mercado.
Las tarifas no se actualizan con una periodicidad fija, sino cuando Iberclear lo considera necesario en función de cambios normativos, regulatorios o de mercado. Cada modificación se comunica mediante circulares publicadas oficialmente en su web.
La Reforma 3 supone una adaptación de los procesos de registro y liquidación a la normativa europea. Su implementación se realizará en fases, según los plazos que marquen la CNMV, el Banco de España y las propias circulares de Iberclear, con el objetivo de mejorar la eficiencia y la integración con los mercados europeos.
Los market claims son ajustes financieros o de valores que se realizan cuando ocurre un evento corporativo entre la fecha de negociación de un valor y su fecha de liquidación. Permiten que tanto comprador como vendedor reciban el derecho económico que les corresponde, garantizando un reparto justo.
La renuncia voluntaria es el procedimiento por el cual una entidad participante comunica a Iberclear su decisión de cesar voluntariamente su condición de participante en el sistema de liquidación. Tras la notificación, se inician los pasos necesarios para cerrar sus cuentas y cumplir las obligaciones pendientes, garantizando una salida ordenada del sistema. Leer más
Es el Reglamento (UE) nº 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de julio 2014 sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores, en adelante CSDR, que tiene como objetivo armonizar ciertos aspectos relativos a la liquidación y establecer un conjunto de requisitos comunes para los DCV que operan en la UE. CSDR desempeña un papel crucial para los esfuerzos de armonización de la post-contratación en Europa, ya que mejorará las condiciones legales y operativas para promover una liquidación correcta, eficiente y segura.
El momento de aplicación efectiva de las obligaciones que establece depende de la fecha en la que el DCV correspon diente obtenga la preceptiva autorización conforme a dicha normativa, proceso en el que se encuentra inmersa actual mente IBERCLEAR. No obstante lo anterior, la entrada en vigor de la normativa sobre liquidación internalizada y dis ciplina en la liquidación es independiente de la obtención de la referida autorización y, en este sentido, resultarán de aplicación a partir del 10 marzo de 2019 y el 13 septiembre de 2020, respectivamente.
La aplicación de CSDR introduce nuevas obligaciones para las entidades participantes y los emisores. Estas incluyen la conciliación diaria de valores, la obligación de emitir valores en forma desmaterializada, el uso y actualización del código LEI, y el cumplimiento de normas de disciplina en la liquidación para reducir fallidos. Además, se refuerzan los requisitos de transparencia mediante la creación de un Comité de Usuarios y se incrementan las exigencias en materia de gestión del riesgo y de notificación de liquidaciones internalizadas. Leer más
Como consecuencia de la creación del Sistema ARCO, incluida su migración técnica a T2S, y del proceso de adaptación operativa y normativa que IBERCLEAR tuvo que llevar a cabo, el marco normativo aplicable a IBERCLEAR ya recoge muchas de las exigencias organizativas y de funcionamiento que se establecen en CSDR y, del mismo modo, muchos de los procedimientos operativos de IBERCLEAR ya están adaptados.
CSDR afectará a las operaciones de las infraestructuras del mercado. La normativa sobre disciplina de la liquidación establecerá, entre otras, penalizaciones por los fallidos y las recompras que se realicen transcurrida la FTL.
IBERCLEAR presentó en 2017 la solicitud de autorización ante la CNMV y continúa trabajando para obtener la de claración que estime que la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos organizativos y de fun cionamiento requeridos por CSDR está completa, según los términos definidos en dicho Reglamento así como en los Reglamentos Delegados y Reglamentos de Ejecución aprobados en desarrollo de CSDR.
Una vez declarada la solicitud completa, CNMV dispondrá de un plazo de seis meses para informar por escrito a IBER CLEAR, mediante decisión plenamente motivada, de la con cesión o denegación de la autorización (artículo 17.8 CSDR).
Puede encontrar más información en en la página de Normativa de CSDR.
Para más información puede dirigir su consulta a la siguiente dirección: srmiberclear@grupobme.es o rellena nuestro formulario de contacto.
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