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Renta Fija en BME Clearing

Gestiona tu exposición a renta fija con seguridad y eficiencia: operaciones repo y simultáneas con compensación centralizada en deuda soberana europea

¿Qué ofrecemos?

BME Clearing ofrece una solución robusta para la compensación de operaciones sobre deuda soberana europea, proporcionando seguridad, eficiencia y trazabilidad en la gestión de riesgos.

Tipos de deuda compensados

  • Bonos y Obligaciones Soberanas: con cupón fijo, variable o indexado a la inflación.

  • Letras del Tesoro: de España, Italia, Portugal, Francia, Alemania, Austria y Países Bajos.

Tipos de operaciones admitidas

  • Simultáneas: operaciones de compra y venta con liquidación simultánea.

  • Repos clásicos: acuerdos de recompra con entrega de valores y efectivo.

Funcionamiento

  1. Registro y novación: Las operaciones se registran y novan automáticamente, convirtiéndose en contratos con BME Clearing como contrapartida central.

  2. Cálculo de garantías: Se calculan en tiempo real los márgenes requeridos, exigiendo depósitos de garantías según el riesgo de cada miembro.

  3. Generación de instrucciones de liquidación: BME Clearing genera y envía instrucciones de liquidación a IBERCLEAR/T2S para su ejecución.

  4. Liquidación y gestión de fallidos: Se gestionan las liquidaciones y se tratan los posibles fallidos, asegurando el cumplimiento de las obligaciones.

 

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Resolvemos tus dudas.

Beneficios

Seguridad

BME Clearing minimiza riesgos como contraparte central.

Diversidad

Acceso a deuda soberana europea: bonos, obligaciones y letras.

Eficiencia

Registro, novación y liquidación automatizados.

Garantías

Cálculo dinámico y optimizado según riesgo.

Transparencia y Flexibilidad

Información clara y actualizada en tiempo real. Soporte para simultáneas y repos clásicos.

Integración

Liquidación directa con IBERCLEAR y T2S.


Operativa en detalle

Los horarios de los procesos de la operativa de BME Clearing Renta Fija son:

Hora
Proceso
00:00 (D-1) (*)
Conexión de sistemas.
Envío de ficheros.
Recepción de la información de liquidación.
De 8:00 a 15:50
Recepción de operaciones bilaterales cuya ida tiene FTL mismo día (D).
Envío de las instrucciones de liquidación de las operaciones con FTL = D a IBERCLEAR.
De 8:00 a 18:20
Recepción de operaciones cuya ida tiene FTL posterior a D.
8:00, 8:30, 10:00, 10:15, 12:00, 12:15, 14:00, 14:15, 15:30, 16:15
Envío de ficheros.
De 18:20 a 19:00
Registro de Eventos Corporativos procedentes de IBERCLEAR.
De 19:00 a 20:00
Ejecución del neteo para operaciones con FTL D+1 (día siguiente) - Ciclo Nocturno.
Envío de las instrucciones de liquidación a IBERCLEAR.
Envío ficheros de neteo - Ciclo Nocturno.
De 23:30 a 00:30
Generación de ficheros Fin de Día (EoD).

(*) Las horas de inicio son orientativas. Dependerán del fin de procesos del día.

El registro de una operación en BME ClearingRenta Fija conlleva la novación automática de los derechos y deberes del comprador y vendedor. Estos se extinguen surgiendo nuevos derechos y obligaciones frente a BME Clearing contrapartida única: comprador frente al vendedor y vendedor frente al comprador. Dando de esta manera, mayor eficacia a las liquidaciones mediante el neteo y el control del proceso de entrega de valores y efectivo.

Se admiten a registro operaciones Simultáneas y Repos clásicos en deuda española, italiana, portuguesa, francesa, alemana, austriaca y holandesa. El estándar de mercado son simultáneas para deuda española y repos clásicos para deudas europeas, sin embargo, BME Clearing ofrece la posibilidad de registrar operaciones diferentes al estándar de mercado.

Los Activos Subyacentes de las Operaciones admitidas a registro son:

  • Bonos y Obligaciones Soberanos con cupón fijo, variable y sujetos a la inflación.
  • Letras del Tesoro.

No se aceptan strips de deuda, ni operaciones con plazos que superen los 36 meses.

BME Clearing está autorizada para registrar operaciones simples o a vencimiento y dobles, simultáneas o repos clásicos.

Las Operaciones se pueden recibir de las Plataformas de Negociación SENAF y BrokerTec y admitidos a Liquidación en IBERCLEAR, el cual también actua como Plataforma. Adicionalmente, BME Clearing permite el registro directo de operaciones a través de la ECC.

En el Registro Central y para el Segmento de Renta Fija se pueden abrir distintos tipos de Cuentas de Compensación:

  • Cuenta Propia, cuyo titular es un Miembro, en la que se registran las Posiciones propias de Miembro.
  • Cuenta de Cliente Individual (ISA), cuyo titular puede ser cualquier persona física o jurídica y reflejará en todo momento la Posición del Cliente.
  • Cuenta de Clientes con Segregación (OSA), con posiciones de varios Clientes, cuyo titular es un Miembro, que puede ser de registro bruto o neto.

La Cuenta Propia de Compensación sólo puede apuntar a una Cuenta de Liquidación Propia o Individual en IBERCLEAR, mientras que la Cuenta de Cliente Individual además puede apuntar a una Cuenta de Terceros en IBERCLEAR. La cuenta de Clientes con Segregación sólo puede apuntar a una Cuenta de Terceros en IBERCLEAR.

La apertura de BME CLEARING Renta Fija de cuentas de Compensación que apunten a una Cuenta de Terceros en Iberclear está condicionada a una petición previa del Miembro interesado.

La comunicación y el intercambio de información entre los diferentes participantes que intervienen en el registro de operaciones en BME Clearing Renta Fija se muestra en el siguiente cuadro:

Infografía registro de operaciones

(1) BME Clearing (Entidad de Contrapartida Central o ECC) recibirá en tiempo real información de las operaciones que se desean novar procedentes de IBERCLEAR o de las Plataformas SENAF y BrokerTec.

(2) BME Clearing confirmará la novación de la operación a la Plataforma.

(3) BME Clearing calcula el riesgo de cada Cuenta en tiempo real y a final de la sesión calcula el riesgo de cada Miembro Compensador por la posición pendiente de liquidar, exigiendo el depósito de garantías a la mañana siguiente.

(4) BME Clearing genera las instrucciones de liquidación y las envía a T2S a través del Depositario Central de Valores (IBERCLEAR), y éste a sus entidades.

(5) BME Clearing proporcionará a sus Miembros, e IBERCLEAR a las Entidades Participantes, el resultado de la liquidación y BME Clearing gestionará los fallidos que se produzcan. 

(6) Órdenes de pago y cobro de garantías depositadas en efectivo.

(7) Bloqueo/desbloqueo de garantías depositadas en valores.

(8) Inversión del efectivo mediante simultáneas.

(9) Si corresponde, pago de intereses resultantes de la inversión.

(10) Órdenes de pago y cobro (pago de comisiones, penalizaciones por fallidos, etc.).

BME Clearing Renta Fija realiza un control de posición y riesgo, previo al registro de cada operación de compraventa:

El registro en BME Clearing Renta Fija de una nueva operación simultánea o repo en un ISIN estará condicionado a que no se supere el Límite de Posición. Dicho Límite dependerá del tramo de vida residual al que pertenezca el ISIN, de la posición neta comprada previamente registrada en dicho tramo, y del Volumen Medio Diario asignado al tramo.

A su vez, los Miembros Compensadores tienen asignado por BME Clearing un Límite de Riesgo Intradía (LRI). En el caso de que un Miembro Compensador superara este límite por el impacto de los precios de mercado sobre la posición existente, o debido a que intente novar nuevas operaciones, debe realizar una aportación a la Cámara en forma de Garantía Individual.

BME Clearing calcula el riesgo de cada Cuenta en tiempo real. Además, al final de cada sesión, BME Clearing calcula el riesgo de cada Miembro Compensador por la posición pendiente de liquidar a fin de día, exigiendo el depósito de garantías a la mañana siguiente.

Específicamente, BME Clearing exigirá a los Miembros Compensadores las siguientes garantías:

Garantía por Posición

Calculada diariamente para la posición pendiente de liquidar, para cada cuenta abierta en el Registro Central de BME Clearing , para cada ISIN y Cuenta de Compensación (Cuenta propia y las de sus Clientes Individuales). Se computarán todas las posiciones que estén pendientes de liquidar teniendo en cuenta una determinada fluctuación de precios y compensación entre distintos ISIN correlacionados.

Las posiciones pendientes de liquidar incluyen compraventas, fallidos y posiciones únicamente de efectivo, en cuanto a los saldos de compraventas a tener en cuenta con el que se calculará el riesgo corresponde al saldo neto de compras y ventas pendientes de liquidar.

Garantías Extraordinarias

Para cubrir el riesgo de la Cámara en situaciones extraordinarias.

La solicitud de Garantías Extraordinarias puede estar motivada por:

  • Situación de alta volatilidad y superación de parámetros de Garantías Extraordinarias.
  • Caída del coeficiente de solvencia del miembro por debajo del nivel correspondiente al grado de inversión.
  • Situación excepcional o de alto riesgo de un Miembro Compensador.

Garantía Colectiva

BME Clearing , de acuerdo con su Reglamento y Circulares, tiene un fondo de garantía separado por segmento. De esta forma, si un Miembro Compensador no tiene posición ni actividad en un segmento, un incumplimiento de un Miembro Compensador por pérdidas en dicho segmento nunca le podrá afectar.

La cuantía mínima del Fondo de Garantía está determinada en la Circular de Garantía Colectiva para cada segmento: 25 millones de euros para el segmento de Renta Fija.

Se actualiza mensualmente y tiene un importe mínimo que varía según el riesgo y la tipología del Miembro Compensador.

Garantía Individual

Solicitada por diferentes conceptos:

  • Garantía Individual por Límites de Riesgo.
  • Garantía Individual mínima del Segmento de Renta Fija.
  • Garantía Individual por no alcanzar los Recursos Propios Mínimos requeridos.
  • Garantía Individual por Stress Test de la Garantía Colectiva.
  • Garantía Individual Voluntaria

Generación de Instrucciones de Liquidación

La Compensación, Agregación y consiguiente creación de las Instrucciones de Liquidación (ILs) tendrá lugar entre las 19:00 y 20:00 del día hábil anterior a la Fecha Teórica de Liquidación (FTL).

Con independencia del tipo de Cuenta de posición en que se registren, las Instrucciones de Liquidación que corresponden a las Transacciones iniciales, o de ida, de las simultáneas/repos que se registren en tiempo real en su Fecha Teórica de Liquidación, se enviarán a liquidar en tiempo real individualmente y en bruto.

BME Clearing llevará a cabo la Compensación o la Agregación de las Transacciones registradas en una misma Cuenta de posición en función del tipo de Cuenta de que se trate, diferenciando entre Cuentas de posición de Registro Neto y Cuentas de posición de Registro Bruto:

  • Las operaciones registradas en cuentas de posición de tipo bruto no serán neteadas sino que se liquidarán en bruto (previa agregación por sentido e ISIN).
  • Las operaciones registradas en cuentas de posición de tipo neto si serán objeto de compensación, por lo que serán compensadas las operaciones que tengan en común:

    • Fecha Teórica de Liquidación.
    • ISIN.
    • Cuenta de posición.

No forman parte del proceso de neteo las Transacciones fallidas pendientes de liquidar de sesiones anteriores, que serán tratadas en bruto. También serán tratadas en bruto las operaciones de Recompra que genere BME Clearing en la Gestión de Incidencias en la Liquidación.

Cuando BME Clearing crea las Instrucciones de Liquidación, las Transacciones originales se dan de baja y son sustituidas en los registros de BME Clearing por las Instrucciones de Liquidación. Las entidades sólo son responsables del cumplimiento de las obligaciones de pago de efectivo y entrega de valores resultantes de dichas Instrucciones de Liquidación.

En lo referente a los valores, la compensación dará lugar a instrucciones netas compradoras, vendedoras o nulas. Mientras que, en lo referente al efectivo, la compensación dará lugar a instrucciones sin pago o con pago (recibiendo o entregando efectivo).

Las Instrucciones de Liquidación que se generan y envían a Iberclear pueden ser de los siguientes tipos:

  • Entrega contra pago.

  • Recepción contra pago.

  • Entrega con pago.

  • Recepción con pago.

  • Entrega libre de pago.

  • Recepción libre de pago.

  • Pago sin entrega de valores.

  • Cobro sin entrega de valores.

  • Instrucciones de pago sin entrega con efectivo cero (no se envían a IBERCLEAR).

BME Clearing Renta Fija envía a T2S a través de IBERCLEAR las Instrucciones de Liquidación (IL) a liquidar con fecha valor D (mismo día) en tiempo real, y antes de las 20:00  las Instrucciones resultantes del proceso de Compensación y Agregación, con Fecha Teórica de Liquidación D+1 (día hábil siguiente).

BME Clearing actuará como contrapartida en todas las Instrucciones, es decir, se interpondrá en la liquidación de todas, usando sus propias cuentas de valores y efectivo que a tal efecto disponga en el DCV IBERCLEAR/ T2S.

Si hay insuficiencia de saldo de valores para liquidar alguna Instrucción vendedora, T2S, de acuerdo con sus algoritmos de liquidación, determina la instrucción o instrucciones compradoras que no van a liquidar.

BME Clearing genera todas las IL para que se puedan liquidar parcialmente. Los parámetros para la liquidación parcial serán los que están por defecto en los datos estáticos de T2S para la Simultánea o Repo:

  • Unidad mínima de 100.000 euros de efectivo.
  • Múltiplo de liquidación de 1.000 euros de nominal.

En el proceso de liquidación de las instrucciones de liquidación se tiene en cuenta la prioridad, es decir, el orden en el que se liquidan las Instrucciones de acuerdo a los criterios de T2S. BME Clearing como Entidad de Contrapartida Central por el mero hecho de serlo tiene asignada la prioridad TOP. De esta forma, todas las instrucciones de liquidación que la Cámara envíe a T2S llevarán por defecto asignada dicha prioridad. Únicamente los Bancos Centrales o los Depositarios Centrales de Valores tendrán prioridad superior.

La ECC y las Entidades Participantes recibirán de T2S información sobre las Instrucciones de Liquidación que se vayan liquidando, y sobre el estado de las instrucciones al final de cada periodo de liquidación. Aquellas instrucciones no liquidadas permanecerán en el T2S en reciclaje, para su liquidación en el siguiente periodo de liquidación o ciclo.

Cuando una Instrucción no se pueda liquidar en su Fecha Teórica de Liquidación (FTL), se iniciarán los mecanismos en BME CLEARING de resolución de incidencias en la liquidación.

A estos efectos, un fallido es una instrucción de venta que al final del día de la Fecha Teórica de Liquidación (FTL) se quedó pendiente de liquidar total o parcialmente.

Al final del día de Fecha Teórica de Liquidación (FTL)

BME Clearing recibe de IBERCLEAR la información de las instrucciones que no se hayan podido liquidar en su FTL en T2S.

Gestión de fallidos

Sesiones posteriores a FTL hasta el inicio de la Recompra

Las instrucciones no liquidadas permanecerán en reciclaje y se intentarán liquidar durante las sesiones siguientes hasta FTL+7.

Si una instrucción vendedora fallida no se ha liquidado a final de FTL+7, se retendrá para que no pueda liquidar y BME Clearing comienza el proceso de recompra informando al mercado de los valores a recomprar, así como del precio máximo admitido. Los potenciales proveedores de valores harán llegar sus ofertas.

Las Entidades podrán consultar las necesidades de valores de BME Clearing, así como el precio máximo en el menú de Recompra. En dicho apartado, se publicará cada día un fichero con las necesidades que surjan del comentado con anterioridad proceso de gestión de fallidos.

BME Clearing comunicará al proveedor de valores seleccionado que ha sido elegido, y éste se comprometerá a entregar los valores a la ECC un día después, en FTL+8, en la cuenta de liquidación de la ECC en T2S.

Procedimiento de Recompra y Liquidación de la misma

Si no se consiguen todos los valores a recomprar en el primer intento, BME CLEARING realizará más intentos de recompra en los siguientes días (7 como máximo) hasta conseguir todos los valores:

Procedimiento de Recompra y Liquidación de la misma

Esquema temporal procedimiento de recompra

Liquidación en Efectivo

Cuando no sea posible realizar la recompra en FTL+7 (en caso de amortización del valor) o cuando la operación siga fallida al final de FTL+13, se realizará una liquidación en efectivo con valor día siguiente, para saldar las obligaciones pendientes del vendedor fallido con la Cámara y de ésta con el comprador afectado.

La compensación al comprador afectado se calculará con el precio de liquidación en efectivo, y se realizará a través de un montante de efectivo igual a:

Precio de Liquidación en efectivo x Nominal – efectivo de la IL compradora afectada que va a liquidarse en efectivo.

Precio de liquidación en efectivo = Max (último precio de cierre de SENAF * 2% + cupón corrido en D+1; precio de la venta fallida; precio de la compra afectada).

Las normas de los ajustes sobre operaciones simultáneas novadas por BME Clearing las establece la propia Cámara, pero el Sistema de Liquidación generará los ajustes de las instrucciones de BME Clearing junto con los que realice para operaciones fallidas en Record Date (día en el que se calculan las posiciones abiertas sobre las que se ejecutará el evento) que no fueron novadas. El ajuste realizado por el Sistema de Liquidación será entre el vendedor fallido y el comprador afectado.

Es decir, si ocurre un evento y hay saldos sin liquidar en Record Date, es necesario hacer llegar el beneficio del evento al comprador afectado por una venta fallida.

Para el caso de las operaciones repo con pago de cupón intermedio, será BME Clearing el que realizará una liquidación en la fecha valor del pago de cupón, a través de TARGET2, para cargar el importe del cupón al tenedor de los valores en ese momento, y abonarlo al propietario original.

Los tipos de eventos, según afecten a las características del subyacente, son:

  • Eventos de Distribución: Se trata de eventos en los que se reparte el efectivo en función de la posición que cada entidad tenga registrada al cierre de Record Date. El valor subyacente no sufre modificaciones de sus características. Por ejemplo, en BME Clearing Renta Fija es el pago de cupón. 
  • Eventos de Reorganización: son eventos en los que el valor subyacente sufre modificaciones. Por ejemplo, en BME Clearing Renta Fija es la amortización final.

Penalizaciones

De acuerdo con la modificación del Artículo 19 del Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 sobre Disciplina en la Liquidación (“SDR”), en lo que respecta al mecanismo de sanción por fallos en la liquidación de operaciones compensadas, con entrada en vigor 2 de Septiembre de 2024, el Depositario Central de Valores (“DCV”) será el encargado de calcular y gestionar el cobro y distribución de las penalizaciones a aplicar a las entidades incumplidoras.

BME CLEARING no realizará ninguna comunicación o gestión a este respecto.

Costes administrativos

Costes administrativos por fallido

Se aplicará al vendedor fallido una penalización de 50€ diarios por cada instrucción que esté fallida una vez llegada su FTL.

Costes administrativos por recompra y/o liquidación en efectivo

Se aplica al vendedor fallido una penalización de 1 p.b. mas un coste administrativo de 1.000€ por instrucción fallida por instrucción para la que se ejecute una recompra (independientemente del número de intentos o recompras), o la liquidación en efectivo.

Los miembros y entidades podrán utilizar cualquiera de las opciones disponibles para comunicarse con la ECC y recibir información, mediante mensajes y/o mediante ficheros.

Las especificaciones se encuentran disponibles en el área privada de la web de BME CLEARING.

Frecuencia de publicación de ficheros

La actividad de cada Miembro Compensador será informada por BME Clearing por medio de los ficheros que se detallan a continuación en 2 momentos del día:

  • Intradía (ID), se generarán ficheros de liquidación en diferentes ventanas temporales a lo largo del día.
  • End of Day (EoD) o Final del día, una vez BME Clearing de por cerrada su actividad para la sesión correspondiente, emitirá los ficheros.

Formas de obtención de los ficheros

La obtención de los ficheros a final de sesión será por medio de acceso al servidor SFTP de BME Clearing. De forma alternativa, se podrán realizar consultas a la GUI que se pone a disposición de los Miembros (BME PC), la cual contienen la misma información que los ficheros.

BME Clearing Renta Fija es la denominación del segmento para valores de Renta Fija de la Entidad de Contrapartida Central (ECC).

Podrán ser participantes de BME Clearing Renta Fija todas las entidades que quieran ser Miembros Compensadores o aquellas que deseen ser Clientes de un Miembro Compensadores bajo una cuenta dentro de este último.

BME Clearing actúa como Entidad de Contrapartida Central (ECC) para las operaciones sobre valores de Renta Fija negociadas en mercados de valores, sistemas electrónicos o negociados por otros medios entre los Miembros Compensadores y/o Clientes. En la actualidad, las operaciones compensadas son: operaciones simultáneas o repo sobre deuda soberana española, italiana, portuguesa, francesa, alemana, austriaca y holandesa.

BME Clearing recibe en tiempo real información de las operaciones que se desean novar y confirma la novación de la operación a la Plataforma correspondiente, actualizando a su vez la posición del miembro en la cuenta abierta en la Cámara y se encarga de generar las instrucciones de liquidación de las operaciones.

Asimismo, tanto en tiempo real como al final de cada sesión, BME Clearing calcula el riesgo de cada Miembro Compensador por la posición pendiente de liquidar, exigiendo un depósito de garantías por ello, e informando a las entidades implicadas. También se proporciona a los Miembros el resultado de la liquidación, gestionando los posibles fallidos que puedan ocurrir.

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Preguntas frecuentes

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