BME Clearing gestiona las garantías en efectivo dentro de un marco operativo seguro y transparente. BME Clearing manages cash collateral within a secure and transparent operational framework.
Materialización de Garantías en Efectivo en Euros y en Dólares
Las Garantías Colectivas deberán constituirse exclusivamente en efectivo en EUR en la cuenta de BME CLEARING en la plataforma TARGET-Banco de España.
Las Garantías Extraordinarias deberán constituirse en efectivo en EUR en la cuenta de BME CLEARING en la plataforma TARGET-Banco de España. En el caso de malfuncionamiento técnico o indisponibilidad horaria de TARGET, se permitirá a los Miembros Compensadores que la Garantía Extraordinaria a depositar se constituya mediante efectivo en USD, prenda electrónica de valores o mediante transmisión de la propiedad en IBERCLEAR, EUROCLEAR BANK o vía transmisión de la propiedad en SIX SIS.
La Variación Diaria de Garantías por Posición deberá ser constituida en efectivo en EUR por el importe no cubierto...
El importe neto total se cargará o abonará en la correspondiente cuenta de tesorería en TARGET-Banco de España del Miembro Compensador o del Agente de Pagos designado por dicho Miembro Compensador en la Liquidación Multilateral de BME CLEARING.
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Gestión de la Liquidación
Conceptos de liquidación en efectivo
BME CLEARING llevará a cabo la Liquidación de comisiones, Liquidación por variación de Garantías, Liquidaciones derivadas de las medidas adoptadas en caso de Incumplimiento, y cualesquiera otras Liquidaciones que se establezcan en las correspondientes Condiciones Generales para cada Segmento o por Circular.
Para la entrega del efectivo resultante de las los Miembros Compensadores deberán tener una cuenta en el sistema Target2.
El Miembro Compensador podrá designar y comunicar a BME CLEARING una entidad que vaya a actuar como su Agente de Pagos, para la realización de los pagos en efectivo. Dicha designación está sujeta a la aceptación de BME CLEARING.
El Agente de Pagos actuará en nombre y por cuenta del Miembro Compensador, sin que su actuación modifique la responsabilidad del Miembro Compensador frente a BME CLEARING por el cumplimiento de todas las obligaciones de pago.
Los siguientes conceptos se liquidarán diariamente en efectivo en euros mediante cargo o abono en la cuenta Target2 del Agente de Pagos correspondiente. La liquidación de efectivos por estos conceptos se realizará con fecha valor el Día Hábil siguiente al de la fecha de las transacciones, D+1, siendo D el día de la Transacción, el Ejercicio o el vencimiento, según sea el caso.
Será una liquidación multilateral estándar en la plataforma TARGET2. Se compensarán los saldos acreedores y deudores de efectivo de cada Miembro Compensador, incluyendo los siguientes conceptos que proceda liquidar en cada día.
Durante la vida de un contrato de futuros, hasta su último día de negociación, se produce una liquidación diaria de pérdidas y ganancias, en base a la diferencia entre el precio de liquidación y el último precio de liquidación (para operaciones del día: el precio de la operación, para el resto: el precio de liquidación de la sesión anterior). El último día de registro, la liquidación de pérdidas y ganancias se produce en base a la diferencia entre el precio de liquidación final y el último precio de liquidación.
La Prima es el precio de una Opción y, como cualquier precio, se forma por la oferta y la demanda en el Mercado. Diariamente, los compradores de Opciones pagan a BME CLEARING las Primas correspondientes a dichas compras y los vendedores reciben de BME CLEARING dichas Primas.
Las Comisiones por el Registro y Compensación de transacciones y contratos que lleva a cabo BME Clearing se detallan en las correspondientes Circulares de Tarifas de cada Segmento y se liquidan diariamente.
También se liquidan por el mismo sistema de cargo en la cuenta Target2 del Agente de Pagos pero con distinta periodicidad, por ejemplo mensual o trimestral.
La Variación de Garantías por Posición a constituir en BME CLEARING en efectivo en euros por el importe no cubierto, efectivo el siguiente Día Hábil se obtiene mediante la siguiente fórmula:
Variación de Garantías por Posición a constituir en D+1 en efectivo en EUR
= Total Garantías por Posición a constituir en D+1
- Garantías depositadas en D en Valores y Efectivo
La Variación de Garantías por Posición a constituir en efectivo por parte del Miembro Compensador será la suma de la variación correspondiente a sus Cuentas y a sus Miembros No Compensadores, añadiendo los posibles ajustes de Garantía Individual y/o Garantía Extraordinaria, si aplica, obteniéndose las Garantías a constituir en efectivo en D+1 por el Miembro Compensador.
El efectivo depositado por los Miembros en BME CLEARING en concepto de garantía al término de cada sesión se remunerará al tipo de referencia de mercado, €STR para euros y FEDFUND para dólares, menos un spread indicado en la Instrucción Remuneración aplicable a las garantías en efectivo.
Cuando el Miembro o Cliente haya comunicado su deseo de que el efectivo no se invierta,solo posible en el caso de euros, BME CLEARING aplicará un spread adicional en la remuneración del efectivo informado en la Instrucción anterior y quedará este en el Eurosistema.
Los spreads serán revisados mensualmente, de forma regular, o con carácter inmediato si se dieran circunstancias de variación extraordinaria de tipos de interés.
BME CLEARING liquidará este importe de intereses sobre garantías en efectivo mensualmente el segundo día hábil del mes siguiente respecto a EUR a través de la liquidación multilateral en TARGET2 al Miembro Compensador, y el décimo día hábil del mes siguiente como efectivo depositado a favor del Miembro para el caso de USD en una cuenta de BME CLEARING asignada al Miembro Compensador en el banco de liquidación elegible.
Liquidación Multilateral en Target 2
BME CLEARING realiza todas las liquidaciones de efectivo en dinero del Banco Central Europeo.
Diariamente a las 9:00, todos los conceptos de liquidación en efectivo con la ECC son liquidados mediante una Liquidación Multilateral estándar en la plataforma TARGET2, donde se compensan los saldos acreedores y deudores de efectivo de cada Miembro Compensador.
La liquidación se lleva a cabo de acuerdo con lo establecido en el convenio entre BME CLEARING y Banco de España, y bajo la autorización de la autoridad competente de la ECC de acuerdo a su Reglamento. Cualquier incidencia en la liquidación está regulada en dicho convenio.
Si un Miembro Compensador no tiene cuenta en el sistema TARGET2, deberá designar un Agente de Pagos, que es una entidad con cuenta en TARGET2.
Las liquidaciones de la ECC, por tanto, se agregan finalmente a nivel de Agente de Pagos.
El saldo a favor de BME CLEARING es abonado en su cuenta en TARGET-2 Banco de España, o bien adeudado en dicha cuenta cuando es en su contra.
Las garantías intradía recibidas por la ECC, individuales o extraordinarias, vía transferencia de pago o adeudo directo, también se reciben en la cuenta de la ECC en TARGET-2 Banco de España.
Política de inversión en efectivo
El colateral aportado en efectivo como garantía será objeto de inversión por BME CLEARING tanto en euros como en dólares.
Solo en el caso de inversión en euros, el Miembro o Cliente puede elegir (a través de comunicación expresa) la no inversión. En este caso, el colateral quedará depositado en la cuenta de BME CLEARING en el Eurosistema.
En los casos en que BME CLEARING no tenga acceso a depósitos en cuentas de banco central y aplique por tanto la restricción impuesta por el Reglamento Delegado 153/2013 (EMIR), el colateral aportado en efectivo será siempre objeto de inversión, no pudiendo el Miembro o Cliente, en estos casos, solicitar la no-inversión de sus garantías.
BME CLEARING podrá invertir las garantías constituidas en efectivo mediante operaciones de compraventa simultáneas, classic repos (reverse), o por compra directa, ya sea mediante operaciones bilaterales o mediante la participación de BME CLEARING en plataformas de inversión, bajo las siguientes condiciones:
El colateral aportado en efectivo como garantía será objeto de inversión por BME CLEARING tanto en euros como en dólares.
Solo en el caso de inversión en euros, el Miembro o Cliente puede elegir (a través de comunicación expresa) la no inversión.. En este caso, el colateral quedará depositado en la cuenta de BME CLEARING en el Eurosistema.
En los casos en que BME CLEARING no tenga acceso a depósitos en cuentas de banco central y aplique por tanto la restricción impuesta por el Reglamento Delegado 153/2013 (EMIR), el colateral aportado en efectivo será siempre objeto de inversión, no pudiendo el Miembro o Cliente, en estos casos, solicitar la no-inversión de sus garantías.
BME CLEARING podrá invertir las garantías constituidas en efectivo mediante operaciones de compraventa simultáneas, classic repos (reverse), o por compra directa, ya sea mediante operaciones bilaterales o mediante la participación de BME CLEARING en plataformas de inversión, bajo las siguientes condiciones:
- El colateral aceptado como garantía de la inversión deberá tratarse de Deuda soberana aceptada como garantía en BME CLEARING. Adicionalmente, para classic repos realizados en la plataforma CO:RE el colateral aceptado para la inversión podrá tratarse de valores contenidos en la cesta SNB GC - L1 según la lista de colateral elegible para SNB repos que publica el Banco Nacional Suizo (SNB).
- Las contrapartidas de la inversión tendrán como mínimo, un coeficiente de solvencia entre S1 y S7, de acuerdo con la Circular General de Cómputo de los Recursos Propios y la solvencia.
- BME CLEARING establecerá límites crediticios según el coeficiente de Solvencia asignado a las contrapartidas y a los emisores. En el caso de operaciones de compra directa, adicionalmente, se considerarán los siguientes límites de concentración:
- La exposición de la inversión a un emisor no puede superar el 25% del total de los recursos líquidos a invertir por BME CLEARING.
- La exposición de la inversión no puede exceder el 10% del saldo en circulación de una emisión.
Control del riesgo de liquidez
A nivel de la ECC se comprobará que como mínimo el 30% del importe total de garantías exigidas por BME CLEARING por todos los conceptos y en todos los segmentos esté materializado en efectivo en euros.
Si este porcentaje a nivel de la ECC llegara a disminuir por debajo del 30%, los Miembros Compensadores cuyo importe de garantías exigidas por BME CLEARING, por todos los conceptos y en todos los Segmentos, no se materialice al menos en un 30% en garantías en efectivo en euros, deberán reajustar su garantía aportada hasta alcanzar dicho porcentaje, en un plazo no superior a 5 días hábiles.
BME CLEARING cuantifica diariamente, tanto intradía como a fin de sesión, cuál es el estado de sus recursos líquidos y, en consecuencia, las necesidades potenciales de liquidez, en varios escenarios que comprenden tanto en circunstancias normales de mercado como circunstancias de stress test.
BME CLEARING realiza una estimación de las necesidades de liquidez para la próxima liquidación multilateral en el sistema TARGET2 - Banco de España. Para cada Miembro Compensador se calcula la “necesidad de liquidez” en la próxima liquidación multilateral.
BME CLEARING evaluará el impacto del incumplimiento de los 2 Miembros Compensadores con las mayores necesidades de liquidez y se comparará con la liquidez disponible de BME CLEARING.
BME CLEARING calcula a final de sesión la necesidad potencial de liquidez resultante del incumplimiento de los 2 Miembros Compensadores con más riesgo en situación de Stress Test, de acuerdo con el artículo 44.1 del Reglamento (UE) 648/2012.