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Stress Test y Backtesting

Gestión de riesgos: pruebas de validación
Backtesting

Como se explica en el apartado de “Modelo de Cálculo de Garantías por Posición”, dichas garantías se calculan siguiendo un modelo paramétrico (MEFFCOM2) o un modelo de VaR Histórico.

En ambos casos, por EMIR, el nivel de confianza debe ser superior al 99%.

Por todo ello, los modelos de cálculo de garantías de BME Clearing (Qualified CCP bajo EMIR) ya son muy robustos de por sí.

Pero además, BME Clearing realiza pruebas retrospectivas (backtesting), que tienen como objetivo el control de la idoneidad de los parámetros y del modelo de garantías, en relación con la cobertura prevista.

¿Cómo son las pruebas retrospectivas? Diariamente, a nivel de cada Cuenta de Garantías:

  • se calcula el initial margin, igual a la garantía por posición menos el ajuste de la posición a valor de mercado: posición abierta valorada al precio de cierre para las opciones, y posición abierta por la diferencia de precio entre el precio de liquidación del día y el precio de la posición, para los swaps de energía y para las simultaneas.
  • se revisa si el initial margin ha cubierto las pérdidas que ha registrado la posición durante el plazo de cierre de la posición, que es de:
    • 2 días para los Segmentos de Derivados Financieros, Energía (sólo para Electricidad), Renta Variable y Valores de Renta Fija; y
    • 5 días para los Segmentos de Energía (sólo para Contratos sobre Gas Natural) y de Derivados de Tipos de Interés (IRS).

Por lo tanto, se compara el initial margin en D con la variación de valor de la posición entre D y D+1, entre D y D+2,…, entre D y D+n, considerando que la posición abierta es la que había en D a final de la sesión, siendo “n” el número de días de plazo de cierre de la posición.

El resultado de esta comparación se agrega a nivel de Cuenta de Garantías, seleccionando el resultado más adverso. Los resultados de estas pruebas retrospectivas se comparten con cada Miembro mediante un fichero diario.

Con el resultado anualizado de las pruebas retrospectivas, se calcula un Ratio de Cobertura, que por EMIR nunca podrá ser menor al 99%.

De acuerdo con el Artículo 49 del Reglamento (UE) 648 / 2012 y del Reglamento Delegado (UE) 153 / 2013, Artículo 56.1, si en algún momento las pruebas retrospectivas diarias demostraran que la cobertura de las garantáis por posición no se corresponde con el nivel de confianza que debe alcanzar la ECC, BME Clearing podrá aumentar inmediatamente los parámetros a utilizar para el cálculo de las garantías por posición.

Stress Test. Escenarios, procedimientos, dimensiones

BME Clearing establece un Fondo de Garantía Colectiva para cada segmento.

Diariamente, al cierre de sesión, BME Clearing calcula el riesgo en situación de stress test de cada Miembro Compensador en todos los Segmentos en los que tiene posición, con el modelo detallado en la Circular de “Garantía Colectiva” correspondiente a cada Segmento. Los resultados de stress test por cada Segmento se proporcionan diariamente por fichero a cada Miembro Compensador.

El resultado de este stress test diario aplicado a cada Miembro Compensador:

  • Por un lado, sirve para establecer las aportaciones a la garantía individual.
  • Por otro lado, establece la aportación a la Garantía Colectiva, así como la disposición y la reposición de las aportaciones.

Este riesgo en situación de estrés, se compara con la aportación del Miembro Compensador a la Garantía Colectiva, con el total de Garantías Individuales y Extraordinarias que el Miembro tenga depositadas, y con la aportación a la Garantía Colectiva del resto de Miembros Compensadores.

Si como resultado, el Miembro Compensador debe aportar una Garantía Individual adicional, deberá constituirla con fecha valor día siguiente al cálculo.

Finalmente se considera el escenario con el incumplimiento de los dos Miembros Compensadores con mayor riesgo en situación de stress test, y se determina para dichos Miembros si es necesaria una mayor aportación de Garantía Individual con respecto a los resultados obtenidos en el cálculo anterior.

El cálculo del requisito o no de Garantía Individual viene explicado en la Circular General “Stress Test de la Garantía Colectiva”.

El importe de la Garantía Colectiva para cada Segmento debe cubrir el mayor riesgo en situación de stress test registrado en el último trimestre natural en base al máximo riesgo diario registrado por los dos Miembros Compensadores con más riesgo, en un mismo escenario de riesgo, más un % adicional. En el caso concreto del Segmento de Derivados Financieros habrá dos bloques separados: el bloque de los Contratos de Futuros xRolling FX y del resto de contratos de este Segmento.

El riesgo de un Miembro Compensador en situación de stress test se calcula, para cada día con los modelos detallados en la Circular de “Garantía Colectiva” de cada Segmento.

Como regla general, se basará en un modelo que contempla:

a) Las mayores fluctuaciones de precio al alza y a la baja a los días determinados en cada Circular y registradas en los últimos 30 años o durante todo el tiempo en que se haya podido disponer de datos fiables, y en función de las condiciones de mercado en cada momento.

b) Fluctuaciones extremas no históricas pero verosímiles, de acuerdo con el Artículo 30 del Reglamento Delegado (UE) 153 / 2013, que desarrolla el Artículo 42 del Reglamento (UE) 648 / 2012.

Se aplican estas fluctuaciones y se calcula la pérdida de valor de cada posición abierta en cada uno de los escenarios de stress test. Esta pérdida, si es que la hay, se compara con las Garantías por Posición aportadas.

Para un Miembro Compensador, el riesgo será la suma de:

  • El riesgo de su Cuenta Propia
  • El riesgo de sus Cuentas de Clientes
  • El riesgo de sus Miembros No Compensadores, si se trata de un Miembro Compensador General

El escenario con mayor riesgo determinará el Riesgo del Miembro Compensador en situación de stress test en el Segmento.

El importe de la Garantía Colectiva se actualizará cuando se estime necesario, con el fin de cubrir el riesgo descrito anteriormente y, como mínimo, cada mes natural. El importe actualizado de la Garantía Colectiva se publicará dentro de los dos primeros días hábiles posteriores a cada fecha de actualización y los Miembros deberán aportar sus contribuciones con fecha valor el día hábil siguiente al de la notificación por parte de BME CLEARING.

En cualquier caso, dicho importe no podrá ser inferior a lo indicado en  la Circular de “Garantía Colectiva” de cada Segmento.