La lista de warrants y derivados titulizados se determina mediante un proceso formal de admisión a cotización. Para que un valor sea incluido, un emisor autorizado (normalmente una entidad financiera) debe presentar una solicitud a BME. El proceso de determinación implica:
- Aprobación regulatoria: los emisores deben contar con un folleto base y las condiciones definitivas específicas para cada emisión aprobadas y registradas por la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores).
- Cumplimiento de las normas del mercado: BME verifica que los valores cumplan los requisitos técnicos y de transparencia establecidos en el Reglamento de la Bolsa.
- Compromiso de liquidez: para que un warrant cotice, el emisor debe designar a un especialista (creador de mercado) que garantice la liquidez continua proporcionando precios de compra y venta durante toda la sesión bursátil.
- Mantenimiento continuo: la lista es dinámica; los valores se añaden a medida que se emiten nuevos tramos y se eliminan en su fecha de vencimiento o si alcanzan un nivel de «knock-out» (en el caso de los productos Turbo).