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MIFID II

En virtud de lo establecido en los artículos 48.2.b) y 48.3 de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, Sociedad de Bolsas hace público aquellos miembros de mercado que han firmado un acuerdo de creación de mercado. Según detalla la Directiva, los creadores de mercado son aquellos miembros del mercado que desarrollan negociación algorítmica con el fin de aplicar una estrategia de creación de mercado con respecto a los valores líquidos negociados en el Sistema de Interconexión Bursátil, de conformidad 21 con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento Delegado (UE) 2017/578, de la Comisión.

 

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Listado de valores con Creador de Mercado

Circular 1/2021

Instrucción Operativa 89/2017

 

Tarifas de las Rectoras

Documento de Tarifas de las Rectoras

Para aquellos miembros de mercado que deseen acceder a dicha condición de miembro deberán contactar con:

supervisionrv@grupobme.es